Hazme bien la factura
Facturas recibidas. Para que su empresa pueda deducirse el IVA, es necesario que las facturas de sus proveedores contengan todos los datos que establece la ley. Es cierto que en la actualidad la mayoría de empresas confeccionan correctamente sus facturas (incluyendo el número de factura, la fecha de expedición, los datos vendedor y del comprador, el tipo impositivo, la base imponible, etc.). Sin embargo, es habitual que se descuide la descripción de las operaciones facturadas.
Descripción
No deducible. Pues bien, sepa que Hacienda puede rechazar la deducción del IVA soportado en facturas que contengan una descripción genérica, imprecisa o incompleta de las operaciones. Para que la descripción que aparece en una factura sea correcta, es preciso que a través de ella se pueda ver exactamente qué se está vendiendo, y en caso de una posible comprobación de Hacienda, que ésta pueda verificar que tanto la base imponible como el tipo de IVA que ha sido aplicado en la operación son correctos.
Bienes. Por lo tanto, cuando su empresa efectúe compras de mercancías, compruebe que en la descripción de las facturas aparezca bien detallados cuáles han sido los bienes adquiridos . No acepte, por ejemplo, una factura cuyo concepto sea “Material diverso”. Si la lista de productos adquiridos es muy extensa, en lugar de detallarlos todos, también es posible consignar el número de referencia del albarán de entrega. (Si lo hace así, conserve ambos documentos juntos.)
Servicios. Cuando adquiera servicios, exija que en las facturas aparezca una descripción lo más exacta posible de los servicios que le han sido prestados. Si la descripción es demasiado genérica, Hacienda tampoco le dejará deducir el IVA . Por ejemplo, no admita una factura en cuya descripción aparezcan los términos “Servicios diversos” o “Por los trabajos realizados”.
Discutible
Comprobación. En cualquier caso, sepa que esta posición tan formalista de Hacienda puede discutirse ante los tribunales. Si su empresa es objeto de una inspección y en ella le niegan la deducción del IVA en alguna factura por la existencia de defectos formales o descripciones demasiado genéricas, no se quede de brazos cruzados. Apunte. Es cierto que la ley obliga a cumplir unos requisitos formales y que no hacerlo constituye una infracción sancionable, pero eso no siempre debe impedir la deducción del IVA soportado.
Tribunales. De este modo, existen pronunciamientos judiciales en los que se ha admitido la deducibilidad del IVA soportado en facturas que no estaban “bien hechas”. Apunte. Los argumentos utilizados en estos casos (y que usted también puede emplear en su defensa) son los siguientes: